PRL. Obligaciones del empresario y de los Servicios de Prevención Ajeno. Criterios para la selección de un SPA.

14
feb.
12:00 - 14:00

Dirigido a

  • Empresarios, Asesores Laborales, Responsables de RR.HH., Técnicos de Prevención, Interlocutores con el SPA, Trabajadores designados, Delegados de Prevención.

Impartido por

María del Mar Arias MatillaTécnico de prevención de riesgos laborales

Detalle

Explicar y diferenciar claramente las obligaciones de unos y otros para que el empresario:
- Tome conciencia de que la PRL no se puede externalizar completamente.
- Sepa cuáles son las actividades que debe desarrollar por sí mismo o su personal.
- Esté en disposición de decidir su modelo organizativo de Prevención.
- Conozca qué y cuándo debe exigir al Servicio de Prevención Ajeno (si ésta ha sido su elección).

Contenido

Obligaciones del empresario y del Servicio de Prevención Ajeno.
Actividades a realizar por la empresa.
Actividades a realizar por parte del Servicio de Prevención Ajeno.
Recepción y tratamiento de la documentación.

Mutua Universal

Pizarro 26, 36204 VIGO
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María del Mar Arias Matilla
Desde 09:00 hasta 16:00