El Servicio Público de Empleo Estatal publica una guía para fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad

Temas: Legislación  |  Tipos: Artículo
| Autores: María José Boluda Castello | Publicado el:  29/11/2016

Como es sabido, la integración social de las personas con discapacidad es un derecho constitucional, y corresponde a los poderes públicos llevar a cabo políticas que eliminen las barreras que la impiden o dificultan.

El pasado mes de octubre fue publicado por el Servicio Público de Empleo Estatal un documento que recoge toda la normativa vigente en materia de integración laboral de las personas con discapacidad y que sirve de guía tanto a empresas e instituciones como a los trabajadores.

En la guía se explica la normativa vigente y las ayudas existentes para la integración de la persona con discapacidad distinguiendo la integración de los trabajadores con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo, la integración de los trabajadores con  discapacidad en el sistema protegido de trabajo y las medidas de yránsito del empleo protegido al ordinario.

Por lo que respecta a la integración de los trabajadores con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo, se aplican toda una serie de medidas en función del tipo de empleo; contratación por cuenta ajena, el empleo por cuenta propia o empleo con apoyo. A su vez respecto a la contratación por cuenta ajena, se distinguen las medidas en función del tipo de contratación: contrato indefinido, contrato temporal de fomento de empleo, los contratos formativos y el de interinidad.

También se establecen toda una serie de medias y ayudas para la integración de los trabajadores con discapacidad en el sistema protegido de trabajo, contrataciones realizadas bajo el amparo de relaciones de trabajo de carácter especial, llevadas a cabo en los Centros Especiales de Empleo (CEE), cuyo objetivo principal es el de realizar una actividad productiva de bienes y servicios, participando regularmente en las operaciones del mercado, y que tienen como finalidad asegurar un empleo remunerado para las personas con discapacidad, a la vez que son un medio de inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de empleo Protegido Ordinario.

Y por último, se recogen las medidas existentes para el tránsito del empleo Protegido al Ordinario a través de los denominados “Enclaves Laborales”, es decir los contratos que se celebran entre una empresa del mercado ordinario de trabajo, llamada empresa colaboradora, y un CEE para la realización de obras o servicios que guarden relación directa con su actividad principal y para cuya realización un grupo de trabajadores con discapacidad del CEE se desplaza temporalmente al centro de trabajo de la empresa colaboradora. 

Las medidas que se recogen en la guía que el SEPE acaba de publicar, en términos generales, consisten en la concesión de subvenciones y ayudas, bonificaciones de las cotizaciones de la Seguridad Social durante la vigencia del contrato y deducciones de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, entre otras ayudas o subvenciones específicas que podemos encontrar en la misma.

Sobre los autores

María José Boluda Castello

Directora territorial del Área Jurídica de Mutua Universal

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