PRL. Obligaciones del empresario y de los Servicios de Prevención Ajeno. Criterios para la selección de un SPA.
22
								nov.
									
								10:00 - 12:00
							Dirigido a
- Empresarios, Asesores Laborales, Responsables de RR.HH., Técnicos de Prevención, Interlocutores con el SPA, Trabajadores designados, Delegados de Prevención.
Impartido por
Luis Miguel Regodon CercasTécnico de prevención de riesgos laborales
Detalle
 Explicar y diferenciar claramente las obligaciones de unos y otros para que el empresario:
 - Tome conciencia de que la PRL no se puede externalizar completamente.
 - Sepa cuáles son las actividades que debe desarrollar por sí mismo o su personal.
 - Esté en disposición de decidir su modelo organizativo de Prevención.
 - Conozca qué y cuándo debe exigir al Servicio de Prevención Ajeno (si ésta ha sido su elección).
Contenido
 Obligaciones del empresario y del Servicio de Prevención Ajeno.
 Actividades a realizar por la empresa.
 Actividades a realizar por parte del Servicio de Prevención Ajeno.
 Recepción y tratamiento de la documentación.
924229510
						Luis Miguel Regodon Cercas
						Desde 08:00  hasta 17:00
					