Auxilio por defunción

Publicado el: 23/11/2015

Las personas beneficiarias son quienes hayan soportado los gastos del sepelio.

Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha soportado, por este orden:

  • El/la cónyuge sobreviviente.
  • El/la sobreviviente de una pareja de hecho.
  • Los hijos/as.
  • Los/las parientes de la persona fallecida que conviviesen habitualmente con ésta.

La cuantía de la prestación asciende a 46,41€ para fallecimientos ocurridos en el año 2015.