Auxilio por defunción
Las personas beneficiarias son quienes hayan soportado los gastos del sepelio.
Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha soportado, por este orden:
- El/la cónyuge sobreviviente.
- El/la sobreviviente de una pareja de hecho.
- Los hijos/as.
- Los/las parientes de la persona fallecida que conviviesen habitualmente con ésta.
La cuantía de la prestación asciende a 46,41€ para fallecimientos ocurridos en el año 2015.