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Junta General Mutua Universal

Publicado el: 24/04/2020
Junta General

En el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 8 de junio de 2022, se ha publicado el anuncio de la Junta General ordinaria de Mutua Universal que se celebrará el día 13 de julio de 2022 en el Auditorio sito en avenida Tibidabo, 17-19, de Barcelona, a las 11:30 horas, en primera convocatoria, y a las 12:00 horas, en segunda, según el siguiente orden del día:

  1. Aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2021, así como el destino y distribución del resultado económico positivo anual.
  2. Aprobación, si procede, del Anteproyecto de Presupuesto del ejercicio del año 2023.
  3. Elección de personal de la Junta Directiva y designación de cargos a tenor del artículo 27 de los Estatutos vigentes.
  4. Ratificación de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva y consiguiente aprobación de la gestión de los órganos rectores.
  5. Designación de dos personas Asociadas, asistentes a la Junta General que deben firmar el Acta.

La Junta General es el órgano superior de gobierno de la Entidad y está integrada por una representación de todas los asociados/as. Su composición, competencias y funcionamiento están establecidos en los artículos 26 al 34 de los vigentes Estatutos de Mutua Universal. Asimismo, forma parte de la Junta General una persona en representación de la plantilla al servicio de la Entidad.


 

 

Publicado el: 24/04/2020

Delegación de voto

Tienen derecho a voto todas las empresas asociadas que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones sociales. En el caso de que no se pueda asistir a la citada Junta, se puede delegar su representación en favor de otra empresa asociada a esta Mutua, a través de nuestro aplicativo mediante firma digital: de la persona asociada, su representante o persona apoderada con poder suficiente, y especificando las instrucciones para el ejercicio del derecho de voto. 

Las condiciones aplicables para la acreditación de la legitimación, la asistencia y el voto, tanto propio como por representación, serán las previstas en los artículos 26 y siguientes de los Estatutos Sociales. 

La representación se acreditará, si fuera preciso, mediante la exhibición del Documento de Asociación o el Documento de Proposición de Asociación. La personalidad se acreditará mediante la exhibición de cualquier documento válido en derecho.

Para resolver cualquier duda al respecto, los asociados pueden contactar con su interlocutor habitual de Mutua Universal.