Junta General Mutua Universal

Publicado el: 24/04/2025

En cumplimiento de lo establecido en los vigentes Estatutos Sociales, convocamos la Junta General Ordinaria de esta Entidad, que se celebrará el día 15 de julio de 2025 en el Auditorio sito en Avda. Tibidabo 17-19 de Barcelona, a las 11:30 horas, en primera convocatoria y, de no poderse celebrar por falta de quórum, a las 12:00 horas en segunda, según la siguiente: 


tIBIDABO

Orden del día de la Junta General Ordinaria 

  1. Aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2024, así como el destino y distribución del resultado económico positivo anual.
  2. Aprobación, si procede, del Anteproyecto de Presupuesto del ejercicio del año 2026.
  3. Designación y normal remoción de las empresas asociadas que hayan de constituir la Junta Directiva  a tenor del artículo 27 de los Estatutos vigentes
  4. Ratificación de los acuerdos adoptados por la Junta Directiva y consiguiente aprobación de la gestión de los órganos rectores.
  5. Designación de dos personas Asociadas asistentes a la Junta General Ordinaria que deben firmar el Acta.

La Junta General es el órgano superior de gobierno de la Entidad y está integrada por una representación de todas los asociados/as. Su composición, competencias y funcionamiento están establecidos en los artículos 26 al 34 de los vigentes Estatutos de Mutua Universal. Asimismo, forma parte de la Junta General una persona en representación de la plantilla al servicio de la Entidad.

Le informamos que las Cuentas Anuales y el Anteproyecto de Presupuesto referidos, estarán a su disposición a partir del próximo 1 de julio de 2025.


 

 

Delegación de voto

Publicado el: 22/05/2025
Publicado el: 24/04/2020

Tienen derecho a voto todas las empresas asociadas que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones sociales. En el caso de que no se pueda asistir a la citada Junta, se puede delegar su representación en favor de otra empresa asociada a esta Mutua, a través de nuestro aplicativo mediante firma digital: de la persona asociada, su representante o persona apoderada con poder suficiente, y especificando las instrucciones para el ejercicio del derecho de voto. 

Las condiciones aplicables para la acreditación de la legitimación, la asistencia y el voto, tanto propio como por representación, serán las previstas en los artículos 26 y siguientes de los Estatutos Sociales. 

La representación se acreditará, si fuera preciso, mediante la exhibición del Documento de Asociación o el Documento de Proposición de Asociación. La personalidad se acreditará mediante la exhibición de cualquier documento válido en derecho.

Para resolver cualquier duda al respecto, los asociados pueden contactar con su interlocutor/a habitual de Mutua Universal.