Apoyo en la internacionalización de las empresas

Publicado el: 07/03/2022
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La globalización de los mercados empuja a las empresas españolas a abordar proyectos en terceros países. Ello implica muy a menudo desplazar trabajadoras y trabajadores propios fuera de España.

Mutua Universal ayuda a las empresas asociadas en los procesos que implica su internacionalización y la movilidad de las personas trabajadoras protegidas aportando información e instrumentos en materia de:

Accede a la normativa internacional

Publicado el: 29/05/2023

Mediante el sistema RED, como novedad se puede presentar una solicitud de reconocimiento del mantenimiento de la legislación española en los desplazamientos temporales de trabajadores a países de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Liechtenstein, Islandia y Noruega), Suiza y Reino Unido (incluido Gibraltar).

La solicitud se puede presentar tanto para desplazamientos de trabajadores por cuenta ajena como para desplazamiento de trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Este servicio está disponible exclusivamente en modalidad on-line. Presentada la solicitud se podrá obtener, si concurren los requisitos para ello, el formulario PDA1 (o, en su caso, el ES-UK(GIB) para los desplazamientos a Gibraltar). Dicho formulario se pondrá a disposición de la empresa o, en su caso, el trabajador autónomo, al día siguiente de su petición, mediante de notificación en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Se podrá solicitar a través de este servicio los desplazamientos de los trabajadores por cuenta ajena (incluidos los funcionarios) o por cuenta propia o ajena, que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  1. Desplazamientos iniciales de trabajadores a países de la Unión Europea, Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, al amparo de los Reglamentos de la Unión Europea.
  2. Desplazamientos iniciales de trabajadores al Reino Unido en aplicación del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido.
  3. Desplazamientos iniciales de trabajadores a Gibraltar en aplicación del Real Decreto Ley 38/2020. Se consideran desplazamientos iniciales, a estos efectos, aquellos que de manera continuada o mediante prorrogas consecutivas, no superen el periodo máximo de 24 meses, así como los siguientes:
  4. Los desplazamientos de los trabajadores del mar, y
  5. Los desplazamientos de los tripulantes de empresas de transporte aéreo que tengan su base en España, y
  6. Los desplazamientos de la mayoría de los supuestos de trabajadores por cuenta ajena o propia que ejercen su actividad en dos o más países (excluido el territorio de Gibraltar), y residen en España, donde realizan una parte sustancial de su actividad.

Solicitudes de desplazamiento que no pueden ser presentadas a través del nuevo servicio

No se podrá solicitar a través de este servicio y, por lo tanto, deberán solicitarse a través del actual servicio en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, los siguientes desplazamientos:

  1. Desplazamientos al amparo de los Reglamentos de la Unión Europea, el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido y del Real Decreto-Ley 38/2020 en el caso de Gibraltar: a. Respecto de trabajadores no incluidos en sistema RED. b. Respecto de trabajadores cuyo periodo total de desplazamiento en el país de destino sea superior a 24 meses.
  2. Desplazamientos al amparo de otros Convenios Internacionales Bilaterales o Multilaterales para todo tipo de empresas y trabajadores.
  3. Desplazamientos de profesionales taurinos
  4. Desplazamiento de trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.
Publicado el: 29/05/2023

 

Mutua Universal ayuda a las empresas asociadas en los procesos que implica su internacionalización y la movilidad de las personas trabajadoras protegidas aportando información e instrumentos en materia de:

Publicado el: 15/02/2016

1. Aspectos generales de prevención de riesgos laborales de las personas trabajadoras desplazadas

Antes de desplazar a personas trabajadoras fuera de España, es preciso tener en cuenta determinados aspectos, como las obligaciones legales en materia de legislación aplicable, sistema de Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, vigilancia de la salud y aspectos relacionados.


2. Preparación y gestiones administrativas previas a desplazar a trabajadores/as

En nuestra sección de "Atención a mutualistas" hemos realizado un detalle de las gestiones y documentación a completar antes de desplazar a una persona trabajadora.


3. Aplicación de precauciones sanitarias para proteger la salud de las personas trabajadoras desplazadas fuera de España

Ponemos a tu disposición el compendio Viajero/a Universal, donde podrás informarte sobre las precauciones sanitarias que deben aplicar las personas trabajadoras que se desplazan al extranjero, en función de los riesgos y condiciones que puedan encontrarse en otros países.


4. En caso de accidente...

En caso de accidente fuera de España, ponemos a tu disposición la Línea Universal 900 203 203. Desde el extranjero 00 34 93 412 33 67.