Prestación por contingencia común

Publicado el: 29/09/2015

¿Qué situación protege esta prestación?

La contingencia común es la situación en la que una persona trabajadora o autónoma, por causa de un accidente o enfermedad no laboral, no puede trabajar y recibe asistencia sanitaria por parte del Sistema Público de Salud.

Nos encargamos de la gestión de la prestación económica y de la baja médica, realizando un seguimiento de la misma y de su duración, a fin de aportar el mejor trato y recuperación a la persona trabajadora accidentada, acompañándola y estudiando su estado de salud en todo momento.

Además:

  • Gestión y seguimiento personalizado de los procesos médicos.
  • Asesoramiento e información médica y administrativa a la persona trabajadora.
  • Posibilidad de tramitar propuestas de alta y expedientes de invalidez.
  • Seguimiento del proceso de enfermedad común hasta el alta médica.
  • Reducción de los tiempos de las listas de espera de los servicios públicos de salud y aplicación de medidas para mejorar y acelerar los procesos de curación.
  • Agilización de los trámites en caso de invalidez o de iniciación de las posibles incapacidades permanentes.

Naturaleza de la prestación económica

  • A partir del 4º día desde la fecha de baja médica y hasta el 20º la persona trabajadora percibe el 60% de su Base Reguladora.
  • A partir del 21º día en adelante percibe el 75% de su Base Reguladora.