Cobertura por contingencia profesional (accidente de trabajo)

Publicado el: 11/01/2019
Publicado el: 11/01/2019

En esta cobertura te ofrecemos servicios asistenciales especializados y prestaciones económicas que te ayudan cuando estás de baja laboral y necesitas una respuesta médica eficaz, así como recibir un soporte económico ante tu reducción de ingresos por no poder trabajar.

¿Cuándo un accidente se considera accidente de trabajo?

  • Cuando se sufre una lesión corporal causada por una herida, golpe o enfermedad, se tiene secuelas o se sufren enfermedades psíquicas o psicológicas
  • La lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo. El accidente que la provoca debe ser consecuencia del trabajo, con una relación de causalidad directa entre trabajo-lesión.

¿Qué te ofrecemos?

Asistencia médica integral para tu rápida recuperación

  • Especialistas y profesionales con gran experiencia.
  • Farmacia gratuita.
  • Las técnicas más innovadoras y medios de diagnóstico más avanzados.
  • Red asistencial con 136 centros en toda España.
  • Asistencia médica 24 horas telefónica y online.
  • Urgencias hospitalarias.
  • Hospitalización/ Intervenciones Quirúrgicas.

Una prestación económica para paliar tu reducción de ingresos

  • 75% de tu base de cotización desde el día siguiente al de la baja hasta tu alta médica.
  • No se condiciona su duración al tipo de tratamiento y tiene un límite de 1 año, prorrogable 180 días si se prevé tu curación.

Otras ventajas económicas

  • Ta ahorrarás la cuota de autónomo a partir del segundo mes de baja. Nosotros te la pagamos hasta cuando recibas el alta.
  • Si eres mujer, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, tienes la opción de una tarifa plana de 60 euros durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en tu actividad.