PRL. Obligaciones del empresario y de los Servicios de Prevención Ajeno. Criterios para la selección de un SPA.

11
oct.
12:00 - 13:30

Dirigido a

  • Empresarios, Asesores Laborales, Responsables de RR.HH., Técnicos de Prevención, Interlocutores con el SPA, Trabajadores designados, Delegados de Prevención.

Impartido por

María Elena Gorchs MontanerTécnico de prevención de riesgos laborales

Detalle

Explicar y diferenciar claramente las obligaciones de unos y otros para que el empresario:
- Tome conciencia de que la PRL no se puede externalizar completamente.
- Sepa cuáles son las actividades que debe desarrollar por sí mismo o su personal.
- Esté en disposición de decidir su modelo organizativo de Prevención.
- Conozca qué y cuándo debe exigir al Servicio de Prevención Ajeno (si ésta ha sido su elección).

Contenido

Obligaciones del empresario y del Servicio de Prevención Ajeno.
Actividades a realizar por la empresa.
Actividades a realizar por parte del Servicio de Prevención Ajeno.
Recepción y tratamiento de la documentación.

Mutua Universal

C. Cos i Gayón 6, 25002 LLEIDA
935009104
María Elena Gorchs Montaner
Desde 09:00 hasta 15:00