Solicitud de prestación de pago directo por extinción de contrato

Publicado el: 29/01/2026

El pago directo de la incapacidad temporal por extinción de contrato consiste en que la mutua colaboradora con la Seguridad Social abona directamente a la persona trabajadora que se encuentra en situación de baja médica la prestación económica de incapacidad temporal, ya sea por contingencia común o profesional, una vez se haya finalizado o suspendido el contrato. 

¿Quién puede solicitar esta prestación?

Podrán solicitar el pago directo de la incapacidad temporal aquellas personas trabajadoras incluidas en el régimen general que estén de baja médica y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos

  • Extinción de contrato.
  • Despido.
  • Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción.
  • Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de suspensión de días.
  • Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de reducción de jornada.
  • Fijos discontinuos.

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