Si una persona trabajadora autónoma no está al corriente de pago, ¿tiene derecho a percibir prestación económica?

Si no se halla al corriente en el pago de las cuotas Mutua le invitará a ponerse al corriente y el trabajador dispone de 30 días naturales a partir de la invitación al pago para ponerse al día. Si lo hace pasados esos días, tendrá una sanción del 20% en la prestación.

Si no regulariza su situación, no percibirá prestación económica.


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