¿En caso de extinción o despido se me descontará el periodo de desempleo?
Cuando el trabajador se encuentre en Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes y durante la misma se extinga su contrato seguirá percibiendo la prestación por Incapacidad Temporal en cuantía igual al desempleo. El periodo de desempleo contará como ya consumido.
En caso de recaída en accidente de trabajo, si el trabajador está en desempleo se aplicará la misma norma.