Solicitud de prestación de pago directo por extinción de contrato

El pago directo de la incapacidad temporal por extinción de contrato consiste en que la mutua colaboradora con la Seguridad Social abona directamente a la persona trabajadora que se encuentra en situación de baja médica la prestación económica de incapacidad temporal, ya sea por contingencia común o profesional, una vez se haya finalizado o suspendido el contrato. 

¿Quién puede solicitar esta prestación?

Podrán solicitar el pago directo de la incapacidad temporal aquellas personas trabajadoras incluidas en el régimen general que estén de baja médica y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos

  • Extinción de contrato.
  • Despido.
  • Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción.
  • Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de suspensión de días.
  • Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de reducción de jornada.
  • Fijos discontinuos.

Tramitar la prestación