PRL. Obligaciones del empresario y de los Servicios de Prevención Ajeno. Criterios para la selección de un SPA.
14
feb.
12:00 - 14:00
Dirigido a
- Empresarios, Asesores Laborales, Responsables de RR.HH., Técnicos de Prevención, Interlocutores con el SPA, Trabajadores designados, Delegados de Prevención.
Impartido por
Luis Miguel Regodón CercasTécnico de prevención de riesgos laborales
Detalle
Explicar y diferenciar claramente las obligaciones de unos y otros para que el empresario:
- Tome conciencia de que la PRL no se puede externalizar completamente.
- Sepa cuáles son las actividades que debe desarrollar por sí mismo o su personal.
- Esté en disposición de decidir su modelo organizativo de Prevención.
- Conozca qué y cuándo debe exigir al Servicio de Prevención Ajeno (si ésta ha sido su elección).
Contenido
Obligaciones del empresario y del Servicio de Prevención Ajeno.
Actividades a realizar por la empresa.
Actividades a realizar por parte del Servicio de Prevención Ajeno.
Recepción y tratamiento de la documentación.
924229510
Luis Miguel Regodón Cercas
Desde 08:00 hasta 17:30