Mutua Universal colabora en la actualización de la Guía de ayuda para la valoración del riesgo laboral durante el embarazo

Publicado el: 10/01/2019
Guia riesgo embarazo

Mutua Universal ha colaborado en la actualización de la ‘Guía de ayuda para la Valoración del Riesgo Laboral durante el embarazo’ realizada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) y editada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El documento, publicado oficialmente el pasado 19 de diciembre, sirve de referencia a los médicos del INSS y de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social a la hora de definir criterios para determinar cuáles son las condiciones que afectan a las trabajadoras embarazadas

La actualización de la ‘Guía de ayuda para la Valoración del Riesgo Laboral durante el embarazo’ se ha realizado a través de un grupo de trabajo constituido por médicos inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el grupo médico de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), y especialistas en Ginecología y Obstetricia de la SEGO. El documento final recoge la evolución de los conocimientos sobre esta materia desde que se publicara la primera edición del documento en 2008, y sirve para mejorar la atención y salud a la mujer gestante. 

Desde que la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, atribuyera a la gestión de la Prestación de Riesgo en el Embarazo su actual carácter profesional, las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social han protegido a más de 600.000 mujeres trabajadoras y han reconocido un total de prestaciones económicas por este concepto superiores a los 2.800 millones de euros.

En el ejercicio 2017, las Mutuas gestionaron un total de 79.735 procesos, reconocieron el 96,91% de las prestaciones del total del Sistema de Seguridad Social, reconociendo un 1,08% más de prestaciones que en el año 2016, correspondiendo un total de 347,98 millones de euros de prestaciones abonadas para el año 2017. 

El objetivo de esta prestación es proteger a la trabajadora embarazada y al feto cuando, ante la existencia de un riesgo en el puesto de trabajo, no exista en la empresa la posibilidad de adaptar el puesto o de reubicar a la trabajadora en un puesto compatible con su situación.