La Comisión Europea inicia el proceso de modificación de la Directiva de agentes cancerígenos o mutágenos

Publicado el: 18/05/2016

El pasado 13 de mayo, la Comisión Europea introdujo en los procedimientos legislativos del Parlamento Europeo la propuesta de modificación de la Directiva 2004/37/EC sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a cancerígenos o mutágenos en el trabajo.

La Comisión Europea inicia el proceso de modificación de la Directiva de agentes cancerígenos o mutágenos

El proceso de modificación de la Directiva ha supuesto un amplio trabajo en el que han estado involucrados profesionales de los sectores afectados, interlocutores sociales, gobiernos y Comisión Europea y ha incluido la realización de un amplio trabajo de análisis del conocimiento científico y técnico disponible, así como la consideración de los aspectos y consecuencias socioeconómicos de los cambios propuestos.

El borrador se centra en la modificación de los Anexos I y III de la Directiva. En el Anexo I, dirigido a procesos en los que se generan cancerígenos, se han introducido trabajos que pueden implicar la exposición a polvo de sílice libre cristalina respirable, presente en el polvo que se produce en actividades relacionadas con la minería, la explotación de canteras, al cortar o pulverizar materiales como el hormigón o el ladrillo, o en las perforaciones de túneles.

 

Tabla de modificaciones del Anexo III
Modificaciones del Anexo III de sustancias cancerígenas (hacer click para ampliar)

En el Anexo III, que introduce el establecimiento de valores límites ambientales obligatorios, se amplía el número de sustancias de las 3 iniciales hasta 14. También modifica el valor límite del cloruro de vinilo monómero y del polvo de maderas duras. (Ampliar la imagen para ver la lista y los detalles. (*) En España, hay varios compuestos de cromo (VI) cancerígenos con valores propios. En esta tabla sólo se han incluido los valores de referencia para compuestos no especificados (**) El benceno no ha sufrido modificación alguna.)

“La propuesta presentada al Parlamento Europeo es la primera de dos basadas en las opiniones emitidas por el Comité Consultivo para la Seguridad y Salud en el Trabajo. La segunda propuesta incluirá alrededor de 12 sustancias adicionales, y está previsto que salga a la luz a finales de este año”, explica Isabel Maya, del equipo de  Mutua Universal y presidenta del grupo de trabajo “Chemicals at the Workplace” del mencionado Comité Consultivo, compuesto por expertos provenientes del mundo de la higiene industrial, la toxicología o los riesgos químicos.

Con esta iniciativa, la Comisión Europea afronta uno de los grandes retos establecidos en el Marco Estratégico de la Unión Europea en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo 2014- 2020; actuar frente a las enfermedades profesionales en general, y frente a los agentes cancerígenos en particular, dotando a los Estados Miembros de valores límites vinculantes para un cierto número de cancerígenos.


Tratamiento de las sustancias cancerígenas en los Estados Miembro de la UE

Desde la incorporación de la Directiva de cancerígenos y mutágenos por parte de cada Estado Miembro, su normativa nacional ha ido evolucionando. Desde Italia, que sigue teniendo como valores límite de exposición a cancerígenos los de la Directiva, hasta España, que dispone de valores límite para más de 80 sustancias, en los Estados Miembros se dan todas las situaciones intermedias.

Países como Alemania, Holanda, Bélgica y Austria impulsan la adopción de un cuadro amplio de valores límite para cancerígenos a nivel de la UE. En Marzo de 2014, el Gobierno Holandés lideró, mediante la emisión de un memorandum dirigido al comisario Anders, la solicitud de adopción de valores límite europeos para un grupo indeterminado de 50 sustancias, con el objetivo de tener bajo control a la inmensa mayoría de exposiciones (en opinión de los firmantes del documento este número permitiría actuar sobre el 80-90% de las exposiciones). La Comisión parece haber recogido el guante e iniciado el proceso de actualización de los anexos de la Directiva en este sentido.

Los interlocutores sociales trabajan activamente para poder llegar a conclusiones que respeten las necesidades de todos los interlocutores, protegiendo la salud de los trabajadores al tiempo que se mantiene la competitividad de la industria europea.