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¿En qué consiste la nueva cotización para autónomos de 2023?

Temas: Autónomos
Publicado el: 27/12/2022
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Apenas quedan dos semanas para 2023 y con él entrarán en vigor nuevas medidas para los trabajadores por cuenta propia, dado que a partir del 1 de enero de 2023 comenzarán a cotizar en función de sus ingresos reales. Y es que, con este nuevo sistema por tramos, el autónomo deberá hacer una estimación de los ingresos reales y en base a esto sabrá a qué tramo pertenece.

¿Cómo puedo saber cuál es mi tramo?

El nuevo sistema de cotización consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar a lo largo de tres años, entre 2023 y 2025. El 2023 la cuota mínima será de 230€ y la máxima de 250€; en 2024 las cotizaciones serán de un mínimo de 225€ y un máximo de 530€; y en 2025 serán de entre 200 y 590 euros.

El sistema establece 15 tramos de cotización en función de los rendimientos netos mensuales y es el autónomo quien ha de hacer los cálculos para, según los ingresos netos que reciba, decidir a qué tramo pertenece. Para ello, la Seguridad Social ha facilitado una Calculadora de cuotas que permite hacer una simulación. Los tramos son los siguientes:

 

 

¿Se puede cambiar de tramo a lo largo del año?

Los cálculos que se realicen son una estimación sobre los ingresos que se prevé recibir, pero el trabajador autónomo podrá cambiar de tramo, al alza o la baja, si los rendimientos obtenidos varían respecto lo esperado. La solicitud de cambio de tramo podrá realizarse hasta seis veces al año, es decir, cada dos meses. Las fechas para poder solicitar el cambio ya están determinadas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y 28-29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y 31 de diciembre.

A tener en cuenta, además, que al finalizar el año el autónomo deberá regularizar sus cotizaciones y tendrá que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el rendimiento final se encuentre por encima o por debajo de los tramos escogidos.


Nueva tarifa plana a partir de 80 euros

Los nuevos autónomos seguirán pudiendo beneficiarse de la tarifa plana, aunque esta se encarece un 33%, por lo que pasa de 60 a 80 euros durante el primer año, independientemene de los ingresos netos que reciba el trabajador por cuenta propia.

Pasados los primeros 12 meses esta cuota variará siempre y cuando los rendimientos netos del trabajador por cuenta propia se encuentren por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI). Si por el contrario, sus ingresos superan el SMI, el autónomo pasará a pagar la cuota correspondiente a su tramo de cotización.

Esta nueva tarifa de 80 euros, eso sí, entrará en vigencia el 1 de enero de 2023, por lo que los nuevos emprendedores que se hayan dado de alta antes de esta fecha, seguirán manteniendo la cuota mensual de 60 euros durante, al menos, el primer año.