Empresa concurrente

Publicado el: 23/04/2024

Cualquier empresa que coincide en un mismo centro o lugar de trabajo con otras empresas o personas trabajadoras autónomas para la realización de trabajos diversos, estén estos relacionados entre sí o no.

Debe cooperar en la aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales, que se concreta en:

  • Hacia las otras empresas o personas trabajadoras autónomas concurrentes en el centro:

    • Informar sobre los riesgos específicos de sus actividades que puedan afectar al personal ajeno, en particular aquellos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades.
    • Comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la seguridad del personal presente en el centro de trabajo.
    • Informar cuando se produzca un accidente como consecuencia de los riesgos de las actividades concurrentes.
  • Hacia el personal propio:

    • Informar sobre los riesgos derivados de la concurrencia de actividades empresariales en el mismo centro de trabajo.